EL BREXIT

A las 14:44 del pasado día de Nochebuena se cerró el acuerdo comercial “The draft EU-UK Trade and Cooperation Agreement” que regulará en los próximos años las relaciones entre Reino Unido y la Unión Europea. Después de 10 meses de tortuosa negociación, los equipos negociadores liderados por Michel Barnier (UE) y David Frost (Reino Unido) lograron el pacto que permitirá a partir del 1 de enero mantener en gran parte la relación comercial entre las dos orillas del canal de la Mancha, un enorme flujo que mueve mercancías por valor de más de 500.000 millones de euros al año.

La presidenta de la Comisión Europea y el presidente del Consejo Europeo, Ursula vonder Leyen y Charles Michel han rubricado en Bruselas su conformidad con el pacto, después del visto bueno de los 27 representantes de los países miembros de la UE. Boris Johnson, primer ministro británico, ha conseguido el respaldo de los diputados de la Cámara de los Comunes. Quedaría pendiente una ratificación del Parlamento Europeo, por lo que la aplicación del tratado se hará de forma provisional hasta el 28 de febrero de 2021.

 

Pero, ¿Cuál es el origen de todo esto?

El proceso de salida de Reino Unido del conjunto de países miembros de la UE se inició tras el referéndum celebrado el 23 de junio de 2016 y la posterior notificación dirigida al Consejo Europeo el 29 de marzo de 2017. Dicho proceso recibió el nombre de BREXIT , acrónimo de dos palabras en inglés: Britain (Gran Bretaña) y exit (salida).

Se estableció un Acuerdo de Retirada firmado, de manera definitiva, el 24 de enero de 2020, que entró en vigor el 1 de febrero de 2020. Como consecuencia directa del acuerdo de retirada, se fijó un período de transición, hasta el 31 de diciembre de 2020,durante el cual la UE ha mantenido relaciones con el Reino Unido como si se tratase de un Estado miembro, con la salvedad de su participación en las instituciones comunitarias y en las estructuras de gobernanza. Durante dicho periodo, debía negociarse y concluirse el acuerdo que regiría la relación futura entre ambas partes.

¿Qué consecuencias tendrá para el comercio de mercancías y servicios?

Las consecuencias para las administraciones públicas, las empresas y los ciudadanos serán amplias y profundas. En concreto, las empresas de la UE que actualmente distribuyen productos procedentes del Reino Unido se convertirán en exportadoras o importadoras de los productos que introducen en el mercado de la Unión y las empresas constituidas en el Reino Unido serán empresas de terceros países. Esto supone la aplicación de las formalidades y controles aduaneros, de aranceles y el régimen de impuestos (IVA, impuestos especiales) a las mercancías que circulan entre el Reino Unido y la Unión Europea.

A estos efectos, el 9 de julio de 2020, la Comisión publicó la Comunicación «Preparativos para los cambios» que presenta un panorama general de los principales cambios que tendrán lugar en cualquier situación una vez finalice el período transitorio, tanto si finamente se producía un acuerdo como si no. Existen más de 100 comunicaciones preparatorias publicadas por sectores a lo largo de las negociaciones con el Reino Unido

¿Qué representa el acuerdo?

El acuerdo alcanzado permite que las transacciones comerciales puedan beneficiarse de un trato preferente, implicando que no exigirán aranceles ni se establecerán cuotas para las mercancías originarias de ambas partes, si bien los movimientos de mercancías a partir del 1 de enero de 2021 sí estarán sujetos a formalidades aduaneras.

La UE es el socio comercial más cercano y más grande de Reino Unido, por lo que conseguir un acuerdo tras el Brexit siempre fue una prioridad. En 2019, las exportaciones del Reino Unido a la UE fueron de 294 000£ millones, un 43% de todas las exportaciones de la economía británica. Las importaciones procedentes de la UE ascendieron a 374 000£ millones, equivalente al 52% de todas las importaciones del Reino Unido.

España es uno de los países con mayor exposición a los efectos de los cambios comerciales y migratorios del Brexit, siendo el 7º socio comercial más grande del Reino Unido.

El valor de las exportaciones del país al Reino Unido en 2019 ascendieron a 22.020 millones de dólares, aproximadamente un 3,1% del PIB español, según datos de las Naciones Unidas sobre comercio internacional.

El compromiso supone un importante ahorro para las exportaciones de España a Reino Unido, evitando los aranceles previstos del 10% para los coches (que representan el 20,3% de las exportaciones españolas a territorio británico) y recargos adicionales para productos alimentarios (el 26,7% de las exportaciones españolas) y que finalmente no entrarán se aplicaran.

Un terreno espinoso ha sido el de la pesca por un tema más político que económico. El acuerdo final prevé un periodo de transición de 5,5 años durante el cual la flota española y comunitaria podrá mantener su acceso actual a las aguas británicas, aunque con un recorte del 25% en las capturas. Al final de la transición, el acceso a las aguas británicas se decidirá en negociaciones anuales.

En el caso de nuestro país, la disputa afecta a 88 barcos de bandera española que tienen la posibilidad de pescar en caladeros de Reino Unido: dan empleo a 2.150 tripulantes y generan alrededor de 10.750 puestos de trabajo indirectos.

Por último, se han establecido medidas para evitar que los productos británicos no entren con ventaja en el mercado europeo gracias a ayudas públicas o legislación laboral o medioambiental divergentes, arbitrando, si fuera necesario, la toma de represalias, en caso de que, en el futuro, se produzcan divergencias significativas.

¿Qué pasa con Gibraltar?


El acuerdo entre la Unión Europea y Reino Unido sólo se aplicaría a Gibraltar si existe un pacto previo entre Madrid y Londres, en base al derecho de veto que ha concedido Bruselas a España sobre el estatus futuro del Peñón. Este afectaría al movimiento de los10.000 españoles que cruzan cada día la Verja para trabajar en Gibraltar. Además, hemos de considerar que esta supone la única frontera terrestre entre la UE y Reino Unido.

Finalmente, el mismo ha sido posible el propio día 31 de diciembre y supone el "cambio" de la actual frontera de Gibraltar por "controles Schengen en el puerto y el aeropuerto”, custodiado por miembros de la agencia europea de fronteras (Frontex) donde podrán participar policías españoles.

Gibraltar se incorpora así al "espacio europeo sin fronteras", de modo que los españoles podrán entrar libremente en la Roca a partir ahora como. Los gibraltareños podrán también pasar a España y circular por los 26 países del espacio Schengen.

Hay quien considera, sin embargo, que se ha perdido una oportunidad histórica de exigir al menos la cosoberanía de Gibraltar.

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